- Por un lado, la sentencia establece que muchos aspectos de la ley española por la que cientos de miles de personas han sido desalojadas de sus casas durante los últimos años no son compatibles con la directiva europea de protección de los consumidores aprobada por la Comisión Europea en 1993.
- Por otro lado, el Tribunal fija una serie de principios sobre cómo deben interpretar los jueces españoles que una cláusula es abusiva. A partir de ahora, los jueces podrían suspender cautelarmente el proceso de ejecución e impedir desalojos si perciben la existencia de cláusulas abusivas, y los bancos tendrán que cambiar buena parte de las condiciones que incorporan a sus contratos de préstamo hipotecario.
Como ha dejado de manifiesto la sentencia del Tribunal, en ningún otro país occidental están los ciudadanos tan desprotegidos frente a los bancos cuando firman una hipoteca. Hasta ahora, PP y PSOE habían hecho oídos sordos a esta situación alegando que cambiar las reglas del juego supondría un golpe brutal para la estabilidad del sistema financiero.
Ahora que está en la oposición, el PSOE reclama medidas a favor de las víctimas de los desahucios, pero cuando estuvo en el poder no movió un dedo por ellas. Cuando la acumulación de suicidios desató la alarma social, el gobierno de Mariano Rajoy aprobó unas medidas para proteger a las víctimas, pero las condiciones para acogerse a ellas eran tan restrictivas que casi nadie pudo beneficiarse de ellas. Hace poco, forzado por la presión social y gracias al incansable trabajo de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), el PP aceptó la tramitación parlamentaria de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que proponía la dación en pago.
Pero, ¿es realmente tan duro con los ciudadanos el modelo hipotecario español? Pues lo cierto es que sí, sobre todo si lo comparamos con los países de nuestro entorno (algo que resulta comprensible si tenemos en cuenta que la ley hipotecaria española data... ¡de 1881!). Para establecer dicha comparación nos centraremos en los tres momentos cruciales del proceso de desahucio:
- La firma de la hipoteca.
- El comienzo de los impagos y del proceso de desahucio.
- El día después del desahucio.
1. FIRMA DE LA HIPOTECA.
En el momento álgido de la burbuja inmobiliaria, en España era normal firmar hipotecas por el 100% de la vivienda con plazos de amortización de 30, 40... ¡o hasta 50 años! Teniendo en cuenta que los bancos organizan el pago de los préstamos de forma que los primeros años sólo se pagan intereses y la mayor parte de la devolución del principal se produce los últimos años, esto significa que los prestatarios españoles mantenían intactas sus inmensas deudas tras muchos años de ir pagando sus hipotecas.
Si a esto unimos unos intereses de demora estratosféricos (denunciados por el Tribunal de Justicia de la UE), podemos afirmar que en la mayoría de los países europeos no se habrían firmado muchas de las hipotecas que se contrataron en España. Por ejemplo, ninguna hipoteca alemana puede cubrir el 100% del valor de la vivienda, sino que se exige un depósito mínimo del 30%, y se examina a fondo la viabilidad de la operación.
2. COMIENZO DE LOS IMPAGOS Y DEL PROCESO DE DESAHUCIO.
