miércoles, 27 de marzo de 2013

ILUMINANDO EL RECIBO DE LA LUZ

Aunque nunca fue mi intención escribir un blog de actualidad es inevitable que ésta acabe influyendo en los temas a tratar. Así, la inmensa mayoría de las entradas publicadas hasta el momento (y la mayoría de las que vendrán) abordan el tema de la crisis.

Sin embargo, después de publicar por entregas mi artículo sobre la crisis de las hipotecas subprime y antes de centrarme en otros aspectos de la crisis, me ha parecido bien cambiar de tercio y abordar algún tema cotidiano pero poco conocido por la mayoría de la gente… ¿Qué os parece si hablamos de la factura de la luz?

Este tema se me ocurrió hace una semana, cuando leí la noticia de que el recibo de la luz bajará en abril un 6’7%, una excelente noticia dado el historial de subidas de la factura de la luz (más de un 70% de aumento en los últimos seis años) y que los españoles pagan el recibo de la electricidad más caro de Europa, solo superado por el de Malta y el de Chipre (sí, habéis leído bien, Chipre). Pero no lancéis las campanas al vuelo, porque el descontrol del sector energético español es coloshal, como diría Mariano Rajoy, y lo único que nos espera a largo plazo son subidas sobre subidas a menos que se tomen medidas drásticas de reordenación del sector.

Pero no divaguemos, el objeto de esta entrada es explicar de la forma más sencilla posible las distintas partidas que se incluyen en la factura de la luz. Para ello, nos basaremos en un recibo real de la compañía Iberdrola. Es posible que el nombre de los conceptos que voy a explicar cambie de una compañía a otra, pero básicamente son los mismos. Si tenéis una factura a mano, cogedla e ir repasando los distintos conceptos uno por uno a medida que los vaya explicando... ¡Comenzamos!

  1. Potencia contratada: es una cantidad fija a pagar se consuma o no, también denominada “término de potencia”. Depende de la potencia contratada por el cliente, y se obtiene multiplicando dicha potencia por un coeficiente fijado por el gobierno. En principio, garantiza que el usuario podrá utilizar toda la potencia contratada cuando la necesite. Cuando un cliente contrata muy poca potencia, es normal que se le vaya la luz si conecta el aire condicionado y la plancha al mismo tiempo.
  2. Energía consumida: se corresponde con el consumo de electricidad. Se obtiene multiplicando los kilowatios consumidos por su precio unitario. El precio unitario del kilowatio que se cobra a las familias se denomina Tarifa de Último Recurso (TUR). Igualmente, las compañías que suministran electricidad a los consumidores reciben el nombre de Compañías Comercializadoras de Último Recurso. Técnicamente, la tarifa de último recurso es el precio de la electricidad suministrada a aquellos usuarios que tengan contratada una potencia máxima de 10 kilowatios (en la práctica, es la tarifa que se cobra a las familias, puesto que las empresas contratan más potencia). La Tarifa de Último Recurso es revisada y aprobada por el gobierno.
  3. Impuesto sobre Electricidad: es un impuesto especial, similar a los que soportan el tabaco, el alcohol y la gasolina. Se aplica tanto al consumo como a la potencia. En principio, lo implantó el gobierno de José María Aznar en 1997 como medida temporal para financiar la reconversión del sector minero, pero hace tiempo que se considera un impuesto permanente. Es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas.
  4. Alquiler equipos de medida: es la cantidad que cobran las compañías eléctricas por la cesión y el mantenimiento de los contadores.
  5. IVA: nuestro querido impuesto sobre el valor añadido no necesita presentación. En septiembre de 2012 pasó del 18% al 21%. Un detalle interesante que a mucha gente se le pasará por alto es que el IVA grava TODOS los aspectos anteriores. Es decir, también grava lo que hayamos pagado en concepto de impuestos especiales. Que el IVA grave el consumo de bienes y servicios me parece fastidioso pero lógico; que grave el pago de impuestos indirectos me parece una sinvergonzonería y una inmoralidad.

De todos estos conceptos, el más importante es el segundo, el consumo de energía. Como ya he mencionado, depende de la electricidad consumida y de la Tarifa de Último Recurso, que depende a su vez de dos conceptos muy diferentes: las subastas de energía y los costes regulados del sistema eléctrico.

Aproximadamente un 50% del la Tarifa de Último Recurso se deriva de las subastas periódicas de electricidad. Hay dos tipos de subastas: diarias y trimestrales, siendo estas últimas las más importantes (y las que van a provocar la futura bajada del 6’7% ya comentada). En cada subasta, los distintos productores de electricidad ofrecen energía a las compañías que la suministrarán a los consumidores, la oferta de estos productores se cruzará con la demanda que realizan las compañías y el cruce de ambas determinará el precio de la energía.

Los productores de electricidad son variados: centrales nucleares, centrales hidroeléctricas, empresas de energías renovables, centrales de carbón, centrales de gas y petróleo, etc. Con respecto a las compañías comercializadoras de último recurso, cinco grandes empresas controlan más del 80% del mercado: Endesa, Iberdrola, HC, Gas Natural Fenosa y Viesgo-E. On España. Es decir, el mercado eléctrico español es un oligopolio en toda regla (un oligopolio es un mercado en el que hay muy pocos vendedores, por lo que no se da una auténtica competencia que beneficie al consumidor). Aún peor, muchos de los productores de electricidad son las propias compañías comercializadoras, por lo que la teórica competencia brilla por su ausencia.

Otra característica de las subastas es que toda la electricidad que compren las compañías eléctricas la venderán al consumidor al mismo precio, al de la energía más cara. Sin embargo, el precio de producir la electricidad es muy desigual según cuál sea su origen: por ejemplo, la energía hidroeléctrica y la nuclear son muy baratas mientras que la derivada del carbón es muy cara. Si la Tarifa de Último Recurso se fija teniendo en cuenta el precio de la energía más cara, esto significa que mientras que la compañía eléctrica compra la energía procedente de centrales nucleares a un precio muy bajo (por ejemplo, a 10 € el megawatio), se la vende al consumidor al precio de electricidad derivada del carbón (por ejemplo, a 40 € el megawatio). Los beneficios que obtienen las compañías eléctricas en este concepto son enormes e inmediatos. De hecho, reciben el muy ilustrativo nombre de “beneficios caídos del cielo” (no, no es broma, búscalo en Google).




Pero hay mucha más tela que cortar al hablar de las subastas de energía. Por ejemplo, no sólo participan en ellas los productores de electricidad y las compañías comercializadoras de último recurso, sino que a ellas también acuden un tercer grupo de actores: los especuladores. En efecto, a las subasta acuden bancos comerciales y de inversión que realizan ofertas a las compañías comercializadoras (sí, yo también lo pienso, bancos tenían que ser...). Como los bancos no producen electricidad, la energía que necesiten se la comprarán a los productores obteniendo un margen de beneficio sólo por hacer de intermediarios, una labor que en otros mercados es crucial, pero que aquí es completamente innecesaria y sólo busca lucrar a bancos y compañías a costa del que al final paga la electricidad, es decir, el consumidor.


La otra mitad de la Tarifa de Último Recurso se deriva de los costes regulados del sistema eléctrico, también denominados peajes de acceso. Estos peajes incluyen conceptos muy variados: coste del transporte y distribución de la electricidad, primas a las energías renovables, compensación de la moratoria nuclear, costes especiales del suministro a las islas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, compensación a las grandes industrias por la posibilidad de sufrir cortes de suministro (algo poco probable dado el sobrante de potencia contratada), etc. No debemos menospreciar la importancia de estos peajes. Como ya he señalado, suponen más o menos la mitad de la Tarifa de Último Recurso, es decir, la mitad de lo que pagamos por el consumo de la electricidad, que es la parte más importante de la factura.

Pero uno de los peajes de acceso brilla con luz propia: el déficit de tarifa. El déficit tarifario, del que seguramente hayáis oído hablar en la televisión, surge de la diferencia entre los ingresos de las compañías eléctricas y los costes reconocidos a las empresas por generar, transportar y distribuir la electricidad. La clave aquí está en el término “reconocidos” que se aplica a los costes de las compañías: el sistema instaurado por Rodrigo Rato cuando era ministro de Economía con José María Aznar permitía a las grandes empresas eléctricas anotarse como ingreso a percibir la diferencia entre los ingresos y los costes reconocidos (y ni soñéis con que las eléctricas reconozcan los beneficios caídos del cielo de los que hablábamos antes).

Cada año, las compañías prevén unos costes muy superiores a los ingresos esperados, de manera que el déficit de tarifa no ha hecho más que aumentar desde que se instauró a finales de los noventa, llegando a alcanzar los 29.000 millones de euros en 2012 (un 3% del PIB). Por poner un ejemplo, en 2012 las compañías eléctricas reconocieron unos costes de 20.389 millones de euros y unos ingresos de 15.720 millones, lo que engrosó el déficit tarifario en casi 4.700 millones de euros. Por mucho que los distintos gobiernos engrosan la partida de la Tarifa de Último Recurso destinada a compensar el déficit tarifario, este crece año tras año.


En definitiva, no se puede decir que el trato recibido por los consumidores en el sector eléctrico sea ejemplar. Por una parte, las compañías cobran a los usuarios el precio más caro de la electricidad, sea cual sea el origen de la misma. Por otro, la mitad del precio unitario de la electricidad se debe a un enorme conjunto de factores de los que el consumidor no recibe NINGUNA información en la factura que se envía a su domicilio (o correo electrónico) cada mes (o cada dos meses).

¿No es irónico que la factura de la “luz” sea tan “oscura”?

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